TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 069/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Increméntase con retroactividad al primero de abril de 1984 ------------ en trece por ciento (13%) la remuneración básica y los adi- cionales, excepto las asignaciones familiares del personal municipal.---- ARTICULO 2.- El incremento dispuesto por el Artículo 1º no comprende a: ------------ 1.- Personal destajista, retribuídos a comisión, salvo que se le garantice una suma fija, en cuyo caso del Departamento Ejecutivo se reglamentaría la forma de liquidación.- 2.- Personal docente que, por aplicación de ordenanzas espe- ciales vigentes tengan derecho a ser retribuído de conformidad con el ré - gimen de remuneraciones que, para iguales tareas se aplique en la Adminis- tración Pública Provincial.- 3.- El personal cuyas remuneraciones se fijen por convenios colectivos de trabajo.- 4.- El personal de carrera profesional hospitalaria regido por Ley Nº 7878 y sus modificatorias.- 5.- El personal contratado en el marco de la Ley 10.029.---- ARTICULO 3.- El personal consignado en los apartados 2 y 4 del Artículo ------------ anterior percibirá el aumento que fije la Ley Provincial - respectiva.--------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar las modifica- ------------ ciones presupuestarias pertinentes pudiendo utilizar como - medio de financiación de los incrementos de créditos presupuestarios, eco- nomías de cualquier partida del Presupuesto General de Gastos del Ejerci- cio 1983 prorrogado para el Ejercicio 1984. El Decreto que se dicte tendrá vigencia hasta la sanción del Presupuesto General 1984, momento a partir - del cual, el incremento de partidas deberá financiarse con economías de la partida "Créito Adicional".---------------------------------------------- ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinti- trés días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Al- berto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------